29 de marzo

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El municipio dictó la caducidad de la habilitación para el pelotero que organizó un after en agosto

La decisión del Tribunal Municipal de Faltas se concretó este miércoles, apenas un mes después del hecho denunciado.

La Municipalidad dictaminó la caducidad definitiva de la habilitación para el pelotero ubicado en Sarmiento al 2600, donde el pasado 15 de agosto se organizó una fiesta en horas de la madrugada. Así lo resolvió el juez de faltas que entendió en la causa, quien firmó la resolución este jueves 22 de septiembre.

Según consta en el dictamen, se pudo comprobar que el local Un día Perfecto incurrió en tergiversación de rubro y actividad prohibida, violando varios artículos del Código Municipal de Faltas. El juez entendió que se podía aplicar una de las máximas sanciones previstas: la caducidad definitiva del certificado de habilitación.

"Queremos ser claros en el mensaje a la sociedad: tener una ciudad más segura también implica cumplir con las normas", afirmó el secretario de Gobierno Gustavo Leone.

"Venimos de una jornada en donde miles de jóvenes pudieron disfrutar los espacios públicos que tiene la ciudad sin ningún incidente. Y ello fue posible porque hubo respeto a las normas, lo cual es digno de felicitar. Ahora, para todos aquellos que quieren estar del otro lado de la raya, seremos inflexibles", continuó el funcionario.

El lugar contaba con un certificado de habilitación que le permitía funcionar como Salón de Fiestas Infantiles con inflable y pelotero. En su escrito, el juez explica que "bajo ningún concepto (este rubro) deberá ser utilizado para el desarrollo de una actividad bailable en un horario que la normativa prohíbe incluso para las mismas confiterías bailables". Vale recordar que la ordenanza vigente tiene como tope horario para los boliches las 5.30.

Hechos

El lunes 15 de agosto pasado, a las 7.40, la Municipalidad recepcionó una denuncia de música a fuerte volumen en Sarmiento al 2600, donde funcionaba un pelotero. 15 minutos más tarde se apersonó un inspector, que comprobó los hechos.

En el acta de esa jornada, el agente dejó constancia que: había musica alta, que se escuchaba desde la calle; que había personas en la vereda tomando alcohol; que se encontraban dentro del local unas 300 personas; y que había 2 personas colaboradoras del comercio que no poseían libreta sanitaria.

En función de lo comprobado, atento a que no se cumplían con las condiciones de seguridad e higiene y que se ejercía una actividad sin tener habilitación correspondiente (y completamente fuera de horario), se procedió a clausurar preventivamente el local.

El juez de Faltas a cargo de la causa inició un proceso administrativo en el que intervinieron tanto la parte imputada (el dueño, a través de su abogado patrocinante) y vecinos del comercio (quienes ratificaron lo que planteó el inspector).

Este miércoles, el funcionario dictaminó que se violaron varios artículos del Código Municipal de Faltas, puntualmente se recayó en una tergiversación de rubro y actividad prohibida. Y resolvió la caducidad del certificado de habilitación vigente.

En su escrito, el juez sostiene que “el municipio tiene entre su deber velar por la salubridad de la población, prevenir y evitar la degradacion del Medio Ambiente, protegiendo de esta manera los intereses de la comunidad, ya que ninguna persona debe obligadamente tolerar que el desarrollo de la actividad económica modifique sus condiciones normales de vida”.